En su caso ejemplar y marcando un precedente en los casos de grooming de nuestro país, luego del juicio oral que se llevó a cabo durante todo el mes de junio de este año, la Unidad Fiscal Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas de la Ciudad (UFEDYCI), a cargo de la Dra. Daniela Dupuy, logró la condena de 20 años de prisión para Adrián Darío Rowek. El mismo, se desempeñaba como maestro del Colegio de Educación Primaria “Abel Ayerza” y se encontraba en prisión preventiva desde el año 2020; momento en que se inició la investigación y se lo encontró junto a un exalumno menor de edad durmiendo en la misma cama. El veredicto fue dictado por el Tribunal Colegiado de la Justicia PCyF de la Ciudad, compuesto por la Dra. Natalia Ohman, Dra. Gabriela Zangaro y Dr. Ricardo Baldomar, titulares de los Juzgados PCyF 17, 22 y 26, respectivamente.
El caso tuvo inicio en el mes de mayo de 2020 – en pleno aislamiento social y preventivo por la pandemia Covid19- cuando la madre de un niño de 12 años que era alumno del imputado descubrió en el celular de su hijo mensajes de índole sexual que el hombre le mandaba, así como fotos de sus genitales, que fueron aportadas como pruebas a la causa. Inmediatamente luego de esa denuncia, la Dra. Daniela Dupuy solicitó una orden de allanamiento y la detención del profesor, quien fue sorprendido en la cama junto a un ex alumno de 14 años, por personal del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal y la Policía de la Ciudad, por lo que la fiscal, luego de una profusa investigación, lo imputó por abuso sexual con acceso carnal agravado, y pidió su prisión preventiva.
Lo expuesto, tomó estado público y permitió individualizar 21 personas –menores de edad al momento de los hechos- que sufrieron ataques a su integridad sexual por parte de Rowek. Si bien el juicio se ciñó a hechos vinculados a 8 víctimas menores de edad, lo cierto es que producto de la investigación se lograron individualizar muchas más, algunas contemporáneas al momento de la detención y otras que se correspondían a sucesos que tuvieron lugar durante los años ´90.
Respecto de éstos últimos, el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad declaró su prescripción; sin embargo, en virtud a su derecho a ser oído, como así también el llamado juicio a la verdad, sus declaraciones fueron admitidas durante el debate. En este sentido, en el transcurso de la investigación, las víctimas menores declararon bajo la modalidad de cámara gesell, y también lo hicieron padres, docentes y directivos escolares, médicos, psicólogos y psiquiatras. Por otro lado, especialistas informáticos del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del MPF analizaron la evidencia digital que fue secuestrada de los dispositivos del imputado, y también aquella que fue aportada por las propias víctimas. Todo lo cual permitió demostrar la veracidad de las denuncias.
Con ello, la Fiscalía pudo establecer cuál fue el modus operandi que el imputado desplegó con cada una de sus víctimas, desde sus inicios como encargado de la enseñanza en los años 90´ hasta el momento de su detención en mayo de 2020. En sus actividades docentes, el imputado siempre tuvo a cargo la enseñanza de alumnos de sexto y septimo grado, siendo que la totalidad de sus víctimas se correspondían con adolescentes varones de entre 12 y 15 años edad sobre quienes ejerció distintos delitos que afectaron su integridad sexual, al tiempo que el imputado ha ido adaptando su accionar a lo largo de los años, de acuerdo al avance de las tecnologías.
Según sostuvo la fiscalía el modus operandi consistía en escoger sus víctimas entre los alumnos que tenía a su cargo, siendo uno de los principales denominadores, el grado de vulnerabilidad emocional en que se encontraban cada uno de ellos. Finalizada la escolaridad primaria, Rowek estrechaba su relación con los menores, manteniendo una fluida relación por medios de mensajería instantánea como Facebook, Whatsapp y llamados telefónicos, al tiempo que los invitaba a su domicilio, donde los proveía de bebidas alcohólicas y estupefacientes, libre acceso a material de índole sexual y donde los incitaba a realizar actividades sexuales frente a él.
La relación de amor y entrega total que generaba con los alumnos –a quienes hacía sentir únicos y especiales – la extendía siempre a sus padres, a quienes dejaba tranquilos y eso lo ponía en un rol de líder, referente y contenedor que le permitió fácilmente – y durante décadas – disfrazar, esconder, tapar, y que nadie, absolutamente nadie, pudiera siquiera sospechar los delitos aberrantes de abuso sexual y acoso virtual que cometía, en algunos casos utilizando tecnología, en otros, también, llevándolos a la casa para abusar de ellos.
Entre la gran cantidad de elementos probatorios, se escucharon los testimonios de las víctimas, así como los registros de las conversaciones por WhatsApp y los archivos con contenido de abuso sexual infantil que el imputado enviaba a los menores. En relación a esto, la fiscal refirió que el testimonio de los padres de los niños, lo expuesto por los propios menores, la contundencia profesional de los expertos psicólogos, médicos, y la intachable trazabilidad del tratamiento de la evidencia digital, no hicieron más que comprobar fehacientemente el plan criminal del imputado.
Así, la fiscal Dupuy solicitó la pena de 40 años por considerarlo autor de los delitos de grooming, abuso sexual agravado por ser el encargado de la educación, suministro de material de abuso sexual simple a menores de 14 años, abuso sexual con acceso carnal agravado, suministro de drogas y tenencia de material de abuso sexual infantil. Asimismo, requirió su inhabilitación absoluta para ejercer su profesión y que continúe en prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme.
En el veredicto por parte del Tribunal Colegiado del Fuero PCYF, compuesto por parte de la Dra. Natalia Ohman, Gabriela Zangaro y Ricardo Baldromar, condenaron a ROWEK a la pena de 20 años de prisión de cumplimiento efectivo y lo inhabilitaron en forma perpetua para el ejercicio de la docencia de NNyA por los delitos de grooming, abuso sexual de menores de 16 años por el aprovechamiento de su inmadurez y suministro de material pornográfico a menores de edad. Actualmente, Rowek se encuentra en prisión preventiva hasta tanto adquiera firmeza la sentencia.
En caso de interés, dejamos disponible la nota periodística del caso.